La fianza es el dinero que entregas al firmar el contrato para cubrir lo que puedas deber al irte. Las reglas están en el artículo 36 de la Ley de Arrendamientos Urbanos.
Cuánto te pueden pedir
- Fianza: 1 mes de renta en el alquiler de vivienda (2 meses en un local o una oficina).
- Garantía adicional: el casero puede pedir además un depósito o un aval. En los contratos de vivienda habitual de hasta 5 años (7 si el casero es una empresa) no puede pasar de 2 meses de renta.
- Gastos de agencia: desde la Ley de vivienda de 2023, los honorarios de la inmobiliaria y de formalizar el contrato los paga el propietario, no tú.
Dónde va tu fianza
En la mayoría de comunidades autónomas el casero tiene que depositar la fianza en un organismo público (el instituto de vivienda o la consejería de tu comunidad). Puedes preguntarle por el justificante del depósito.
Cómo recuperarla
- Al entrar: haz fotos y vídeo de todo el piso con fecha y mándalas al casero por escrito. Si hay inventario, fírmalo con él.
- Al irte: avisa con el preaviso del contrato, deja el piso limpio, haz otra vez fotos y entrega las llaves con un documento firmado o un mensaje que deje constancia de la fecha.
- El plazo: si pasa un mes desde que devuelves las llaves y no te la han devuelto, la cantidad pendiente empieza a generar el interés legal del dinero a tu favor.
- Qué pueden descontar: rentas o suministros pendientes y daños que no sean el desgaste normal por el uso. Pide por escrito el detalle de cualquier descuento.
Si no te la devuelven
Reclámala primero por escrito con un burofax, indicando la cantidad y un plazo. Si no responde, puedes ir a la oficina de consumo o a la oficina de vivienda de tu comunidad y, en último caso, reclamarla en el juzgado. Para cantidades de hasta 2.000 € puedes usar el proceso monitorio, que no necesita abogado ni procurador.
Antes de firmar, revisa también la guía de estafas en el alquiler y comprueba si el precio es razonable con ¿Te cobran de más?.